A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante --·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 fija la agenda y metodología de la sesión técnica sobre Presupuesto, Coordinación Nacional y Nación-Territorio, convocada en el auto 1291/23.
Para el efecto señala el día 11 de septiembre de 2023, a partir de las ocho de la mañana.
Así mismo, convoca a varios funcionarios e intervinientes e invita a la representante de ACNUR en Colombia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- Primero. FIJAR la agenda de la sesión técnica sobre Presupuesto, Coordinación nacional y Nación-Territorio, convocada en el auto 1291 de 2023 para el día once (11) de septiembre de 2023, la que se llevará a cabo a partir de las ocho de la mañana (8:00 am.) en la Sala de Audiencias de la Corte Constitucional del Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía de conformidad con las condiciones expuestas en la presente providencia.
- Segundo. CONVOCAR a la sesión técnica, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a los siguientes funcionarios e intervinientes en la sesión técnica y en tal sentido:
- 1. CITAR a la directora de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas; al ministro de Hacienda y Crédito Público; al ministro del Interior y al director del Departamento de Planeación Nacional; al Gobernador de Antioquia; al alcalde de Tumaco; a los representantes de Mesa Nacional de Víctimas; al representante de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; a la Procuradora General de la Nación; al Contralor General de la República y al Defensor del Pueblo.
- 2. INVITAR a la representante de ACNUR en Colombia.
- Tercero. SOLICITAR a las entidades convocadas, agencias invitadas y demás intervinientes a la sesión técnica que remitan a esta Corporación, a más tardar el siete (7) de septiembre del año en curso, el listado de las personas que asistirán a la audiencia pública con sus respectivos documentos de identidad y demás información que consideren necesaria para autorizar los ingresos respectivos. Estos datos deberán ser enviados al correo electrónico de la Sala Especial de Seguimiento (desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co).
- Cuarto. SOLICITAR al Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) que disponga de los medios necesarios para la grabación de la sesión técnica y conexiones para asegurar las intervenciones virtuales que se puedan requerir. También, que se realicen las pruebas técnicas a las que haya lugar previo a la celebración de la sesión técnica.
- Quinto. COMUNICAR el presente auto, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, a la directora de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas; al ministro de Hacienda y Crédito Público; al ministro del Interior; al director del Departamento de Planeación Nacional; al gobernador de Antioquia; al alcalde de Tumaco; a la Mesa Nacional de Víctimas; a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; a la Procuradora General de la Nación; al Contralor General de la República; al Defensor del Pueblo; y a la representante de ACNUR en Colombia.
- Sexto. SOLICITAR, a la Secretaría General de esta Corporación, el acompañamiento de la audiencia pública de la que trata la presente providencia con el fin de levantar la respectiva acta.
- Notifi´quese, comuni´quese y cu´mplase.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.